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AFIP amplió beneficios para los contribuyentes afectados por la bajante del río Paraná

Ante la declaración del "estado de emergencia hídrica" .
viernes, 29 de octubre de 2021 · 07:00

Ante el grave daño económico que ha provocado la estrepitosa bajante del río Paraná y la declaración del "estado de emergencia hídrica" la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció beneficios para sus contribuyentes afectados.

A través de la Resolución General 5093/2021 publicada en el Boletín Oficial de AFIP se anunció una serie de medidas entre las cuales se destaca la extensión hasta el 17 de diciembre próximo el plazo para solicitar los beneficios fiscales para las localidades de Santa Fe, Formosa, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires.

Postales de la bajante

El Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil será el encargado de definir las localidades alcanzadas por la normativa.

La medida del organismo forma parte de las herramientas previstas en el marco del Decreto 482/2021, que declaró el "estado de emergencia hídrica" para los sectores abarcados por la región de la cuenca del Paraná.

El vencimiento original para realizar las presentaciones anta la AFIP  era el 31 de octubre próximo, y el nuevo plazo contempla además la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales hasta el 1 de febrero de 2022.

La decisión del ente fiscalizador contempla además la suspensión de embargos y ejecuciones fiscales hasta el 1° de febrero de 2022 establece un plazo especial para el pago de los anticipos de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales e IVA, así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y los monotributistas.

Según lo dispuesto por el normativa, los vencimientos y pagos de las declaraciones juradas fijados entre el 27 de julio de 2021 y 31 de enero de 2022, se considerarán cumplidos en término siempre que se efectivicen hasta el 24 de junio de 2022.

Desastre ambiental y económico.

Cómo acceder al beneficio

Los beneficiarios de estas medidas de alivio podrán acceder a través del sitio web de la AFIP con clave fiscal: en "Presentaciones Digitales" deberán optar por el trámite "Zona de Emergencia-Acreditación". 

El ente recaudador explicó que quienes cumplan con los requisitos y condiciones serán caracterizados en el "SSistema Registral" con el código "515-Emergencia Hídrica-Decreto 482/2021"